{"id":40,"date":"2020-02-22T10:34:49","date_gmt":"2020-02-22T10:34:49","guid":{"rendered":"http:\/\/tarajalbike.com\/?page_id=40"},"modified":"2020-02-23T11:22:35","modified_gmt":"2020-02-23T11:22:35","slug":"reglamento","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.tarajalbike.com\/?page_id=40","title":{"rendered":"Reglamento"},"content":{"rendered":"\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large is-resized\"><img loading=\"lazy\" src=\"http:\/\/tarajalbike.com\/wp-content\/uploads\/2020\/02\/escudo.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-41\" width=\"220\" height=\"240\" srcset=\"https:\/\/www.tarajalbike.com\/wp-content\/uploads\/2020\/02\/escudo.jpg 519w, https:\/\/www.tarajalbike.com\/wp-content\/uploads\/2020\/02\/escudo-275x300.jpg 275w\" sizes=\"(max-width: 220px) 100vw, 220px\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<h4 class=\"has-text-align-center\"><strong>REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO CLUB DEPORTIVO TARAJAL BIKE<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<h4><strong>CAPITULO I. DEL CLUB EN GENERAL<\/strong> <\/h4>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 1. El Club Deportivo Tarajal Bike constituido al amparo de la legislaci\u00f3n vigente se regir\u00e1 por los Estatutos del Club aprobados con fecha de 2013, por el presente Reglamento de R\u00e9gimen Interno y por todas aquellas normas que establezca la reglamentaci\u00f3n que le sea de aplicaci\u00f3n seg\u00fan las leyes.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 1.\nEl Club Deportivo Tarajal Bike constituido al amparo de la legislaci\u00f3n vigente\nse regir\u00e1 por los Estatutos del Club aprobados con fecha de 2013, por el\npresente Reglamento de R\u00e9gimen Interno y por todas aquellas normas que\nestablezca la reglamentaci\u00f3n que le sea de aplicaci\u00f3n seg\u00fan las leyes. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 2.\nEl presente Reglamento desarrolla los contenidos expresados en los Estatutos del\nClub y en ning\u00fan caso podr\u00e1 ir contra la filosof\u00eda y articulado de los citados\nEstatutos. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 3. El domicilio social se establece seg\u00fan se marque en los Estatutos del Club. La Junta Directiva, en su caso, podr\u00e1 adoptar los cambios que estime oportunos en el cambio del domicilio, dando la correspondiente notificaci\u00f3n a las autoridades competentes y a los socios de la entidad. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 4. Se establece como anagrama del Club y como logotipo de la misma el escudo oficial y el logo informal. Los socios podr\u00e1n usar dichos distintivos en su indumentaria con el oportuno decoro. <\/p>\n\n\n\n<h4><strong>CAPITULO II. DEL INGRESO DE SOCIOS<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 5.\nPodr\u00e1n ingresar en el Club todas aquellas personas que as\u00ed lo soliciten\nexpresamente y seg\u00fan lo que estipulen los estatutos y el presente Reglamento. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 6.\nLa solicitud de ingreso deber\u00e1 ser realizada tanto en la sede del Club como por\nla p\u00e1gina web. En todo caso la aportaci\u00f3n de la cuota se har\u00e1 mediante\ntransferencia bancaria. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 7. Una vez admitido el nuevo socio, el Secretario proceder\u00e1 a darlo de alta en el libro de registro de socios del Club. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 8. La Junta Directiva presentar\u00e1 anualmente un informe a la Asamblea General sobre las altas y bajas de socios producidas en dicho periodo. <\/p>\n\n\n\n<h4><strong>CAPITULO III. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS SOCIOS<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 9.\nLos socios tendr\u00e1n los siguientes derechos en el Club: <\/p>\n\n\n\n<ul><li>Participar en las actividades y actos sociales del Club. <\/li><li>Asistir con voz y voto a las Asambleas generales, pudiendo delegar su voto, conforme a las normas establecidas al efecto por la Junta Directiva. <\/li><li>Elegir y ser elegido. <\/li><li>Poseer un ejemplar de los estatutos y del presente reglamento desde su ingreso en el Club. <\/li><li>Tener el conocimiento oportuno de los acuerdos adoptados por los \u00f3rganos del Club.<\/li><li>Solicitar, mediante petici\u00f3n razonada, el acceso a la documentaci\u00f3n interno del Club. <\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 10.\nLos socios tendr\u00e1n las siguientes obligaciones: <\/p>\n\n\n\n<ul><li>Cumplir los preceptos que marcan los estatutos y el presente reglamento, as\u00ed como los acuerdos adoptados por los \u00f3rganos del Club. <\/li><li>Abonar las cuotas que se determinen en tiempo y forma. <\/li><li>Cooperar en el desarrollo del trabajo del Club y en la buena ejecuci\u00f3n de las actividades que se determinen. <\/li><li>Desempe\u00f1ar las funciones que les sean encomendadas por la Junta Directiva para la buena marcha del Club.      <\/li><li>En el caso de acudir a competiciones o salidas organizadas en las que conste inscrito con el nombre del Club, acudir con la equipaci\u00f3n oficial.<\/li><li>Acudir salvo causa justificada a la salida semanal de la modalidad que el socio haya elegido.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<h4><strong>CAPITULO IV. DE LA PERDIDA DE LA CALIDAD DE SOCIO<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 11.\nLos socios podr\u00e1n solicitar en cualquier momento su baja voluntaria en el Club.\nEsta petici\u00f3n deber\u00e1 realizarse por escrito y deber\u00e1 tratarse en reuni\u00f3n de la\nJunta Directiva que acordar\u00e1 la baja sin m\u00e1s tr\u00e1mites. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 12.\nLos socios podr\u00e1n ser dados de baja en el Club por alguna de las siguientes\ncausas: <\/p>\n\n\n\n<ul><li>Cuando exista incumplimiento grave de los estatutos y del presente reglamento, a criterio de la Junta Directiva. <\/li><li>Cuando el socio impida deliberadamente el cumplimiento de los fines del Club.<\/li><li> Cuando su conducta vaya contra los principios sociales o da\u00f1en gravemente la imagen del Club. <\/li><\/ul>\n\n\n\n<h4><strong>CAPITULO V. DE LA JUNTA DIRECTIVA<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 13.\nLa Junta Directiva se reunir\u00e1 en las fechas acordadas de forma ordinaria y\ncuantas veces sea necesario de forma extraordinaria a petici\u00f3n del Presidente o\nde 1\/3 de sus miembros. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 14.\nLa Junta Directiva podr\u00e1 separar de sus funciones a uno de sus miembros si \u00e9ste\nfalta a 3 reuniones de la misma sin causa justificada. En todo caso ser\u00e1 la\nAsamblea General quien decida la separaci\u00f3n o no del miembro de la Junta y\ndeber\u00e1 cubrir esta vacante en el m\u00e1s breve espacio posible y a propuesta de la\nJunta Directiva. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 15.\nPara que exista quorum en las reuniones de la Junta Directiva deber\u00e1n asistir\nla mitad m\u00e1s uno de sus miembros. La Junta Directiva quedar\u00e1 v\u00e1lidamente\nconstituida a la media hora de su convocatoria con la asistencia de 1\/3 de sus\nmiembros, siempre que entre ellos se encuentre el Presidente. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 16. La Junta Directiva podr\u00e1 incorporar, por las necesidades del Club, a nuevos vocales a las tareas de la misma, funcionando estos de forma interina hasta que no sean ratificados por la Asamblea General.<\/p>\n\n\n\n<h4><strong>CAPITULO VI. DE LA ASAMBLEA GENERAL<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 17.\nLa Asamblea General quedar\u00e1 v\u00e1lidamente constituida en primera convocatoria con\nla presencia de la mitad m\u00e1s uno de los socios y en segunda con la presencia de\n1\/3 de los mismos. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 18.\nEl derecho a voto en la Asamblea est\u00e1 condicionado a tener abonadas las cuotas\ncorrespondientes. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 19.\nLa Asamblea General elegir\u00e1 entre sus miembros a un moderador que ser\u00e1 el\nresponsable del orden de la misma. El moderador tendr\u00e1 las siguientes\nfunciones: <\/p>\n\n\n\n<ul><li>Dar el cierre de palabras solicitadas sobre un tema. <\/li><li>Someter a votaci\u00f3n los puntos del orden del d\u00eda. <\/li><li>Posponer la reuni\u00f3n, dividirla en comisiones o dar recesos. <\/li><li>Interpretar los estatutos y el presente reglamento y solventar todas aquellas dudas reglamentarias. <\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Si la\ndiscusi\u00f3n es sobre una decisi\u00f3n del moderador, la Asamblea General decidir\u00e1 por\nmayor\u00eda simple la decisi\u00f3n final. Se podr\u00e1 retirar la confianza al moderador\npor una cuesti\u00f3n de orden de uno de los socios que tendr\u00e1 que ser secundada por\nalguien m\u00e1s necesariamente. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 20.\nEl orden del d\u00eda es realizado por el Presidente, o\u00edda la Junta Directiva y las\npeticiones de los socios. El orden del d\u00eda ser\u00e1 enviado a todos los socios con\nuna antelaci\u00f3n m\u00ednima de 15 d\u00edas a la celebraci\u00f3n de la Asamblea. En todo caso\n\u00e9ste deber\u00e1 ser ratificado por la Asamblea al comienzo de la misma. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 21.\nLas resoluciones que se presenten a la Asamblea habr\u00e1n de presentarse con una\nantelaci\u00f3n de 5 d\u00edas. Las resoluciones deber\u00e1n estar presentadas por un socio\nque actuar\u00e1 de ponente y deber\u00e1n estar secundadas por alguien m\u00e1s. Las\npresentadas por la Junta Directiva no necesitar\u00e1n este requisito. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 22.\nLas enmiendas presentadas por parte de los socios a las resoluciones no deben\nsuponer en ning\u00fan caso una negativa directa a la resoluci\u00f3n presentada. La\nenmienda ser\u00e1 incorporada al texto si el ponente la acepta. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 23.\nS\u00f3lo el ponente de una resoluci\u00f3n tiene derecho a r\u00e9plica al final del debate. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 24.\nEl tiempo m\u00e1ximo de exposici\u00f3n durante la Asamblea ser\u00e1 de cinco minutos, salvo\nla presentaci\u00f3n de informes por parte de la Junta Directiva y aquellos temas de\ninter\u00e9s, a criterio del moderador. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 25.\nEl procedimiento de votaci\u00f3n ser\u00e1 el votar en primer lugar la enmienda m\u00e1s\nalejada a la resoluci\u00f3n y en \u00faltimo lugar el texto completo. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 26.\nDurante la celebraci\u00f3n de la Asamblea podr\u00e1 existir cuestiones de orden que\npodr\u00e1n ser solicitadas por aquellos asistentes con derechos a voto y que tendr\u00e1\nprioridad frente a lo que se est\u00e9 tratando, excepto durante una votaci\u00f3n, salvo\nque dicha cuesti\u00f3n de orden se refiera a la votaci\u00f3n en curso. Las cuestiones\nde orden se referir\u00e1n a los siguientes temas: <\/p>\n\n\n\n<ul><li>Al funcionamiento de la Asamblea o al debate y no al tema que se debate. <\/li><li>Revisi\u00f3n de una decisi\u00f3n del moderador. <\/li><li>Moci\u00f3n de censura contra el moderador, la cual ha de estar secundada. <\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 27.\nLas cuestiones de informaci\u00f3n son aquellas que se utilizan para aclarar,\nsolicitar informaci\u00f3n puntual o explicar un punto y se escuchar\u00e1n a criterio\ndel moderador. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 28. Todos los acuerdos de la Asamblea General se toman por mayor\u00eda absoluta en primera votaci\u00f3n y simple en la segunda, salvo en los casos establecidos en los estatutos y en el presente reglamento. En caso de que exista empate tras la tercera votaci\u00f3n permanecer\u00e1 el <em>status quo<\/em>.<\/p>\n\n\n\n<h4><strong>CAPITULO VII. DEL PROCESO ELECTORAL<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 29.\nEn caso de realizarse elecciones a cargos podr\u00e1n concurrir a las mismas\ncualquier socio del Club con derecho a voto y que est\u00e9 al corriente de las\ncuotas establecidas. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 30.\nA tal fin se proceder\u00e1 a recoger el voto de los participantes en urna cerrada\nuno por uno. El Secretario realizar\u00e1 el recuento y levantar\u00e1 acta del proceso,\nincorpor\u00e1ndose \u00e9sta al acta de la Asamblea. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 31.\nLos candidatos a cargos podr\u00e1n presentar programa electoral, garantiz\u00e1ndose el\ntiempo suficiente de exposici\u00f3n de cada uno de los programas. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 32. Las votaciones ser\u00e1n secretas y se realizar\u00e1n en las papeletas que facilite la Junta Directiva.  <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 33. Las candidaturas ser\u00e1n abiertas en cada cargo, resultando elegidos aquellos que obtengan la mayor\u00eda absoluta de votos en primera votaci\u00f3n y la mayor\u00eda simple en segunda. En caso de existir m\u00e1s de dos candidatos a un cargo y ninguno obtenga mayor\u00eda absoluta en primera votaci\u00f3n, concurrir\u00e1n a la segunda votaci\u00f3n los dos candidatos al cargo m\u00e1s votados.<\/p>\n\n\n\n<h4><strong>CAPITULO VII. DE LA DISOLUCION<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 34. En caso de disoluci\u00f3n del Club, la Comisi\u00f3n Liquidadora estar\u00e1 compuesta por La Junta Directiva y tres socios elegidos en reuni\u00f3n de la Asamblea General.  <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 35. El haber resultante, si lo hubiera, se destinar\u00e1 a un Club de nuestro entorno con fines similares a la nuestra.<\/p>\n\n\n\n<h4><strong>CAPITULO VIII. DE LA REFORMA DE LOS ESTATUTOS Y DEL REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 36.\nLa modificaci\u00f3n de estatutos o del presente reglamento podr\u00e1 realizarse a\niniciativa de la Junta Directiva o de 1\/3 de los socios. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 37.\nEn cualquier caso, para que la modificaci\u00f3n se lleve a efecto ser\u00e1 necesario el\nvoto favorable de 2\/3 de los socios presentes en la Asamblea General\nExtraordinaria convocada al efecto. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 38.\nLa Junta Directiva proceder\u00e1 a establecer un periodo de enmiendas al texto, las\ncuales deber\u00e1n ser enviadas a la Secretar\u00eda con una antelaci\u00f3n de 5 d\u00edas y difundidas\na todos los socios. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 39.\nEn caso de reforma de estatutos, las modificaciones deber\u00e1n ser enviadas de\nforma inmediata al Registro de Entidades Deportivas de Canarias para que se\nproceda al cambio oportuno. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 40. Una vez reformados los estatutos o el presente reglamento, en su caso, la Junta Directiva deber\u00e1 facilitar a los socios los textos reformados.<\/p>\n\n\n\n<h4><strong>CAPITULO IX. DE LAS MODALIDADES Y SALIDAS DEL CLUB<\/strong> <\/h4>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 41.\nQuedan establecidas las siguientes modalidades: BTT, Carretera y Trail. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 42. La Junta Directiva elegir\u00e1 un coordinador de secci\u00f3n (siendo el vocal de la misma), que ser\u00e1 el encargado de recoger aquellas cuestiones que los socios de esa modalidad estimen oportunas, as\u00ed como de dar a conocer el calendario de salidas de dicha modalidad.  <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 43. El Club no se hace responsable de los da\u00f1os producidos por cualquier socio, a terceros o a las bicicletas durante cualquier actividad realizada siendo responsabilidad de cada individuo, ya sea socio o invitado. As\u00ed mismo se habr\u00e1n de cumplir estrictamente las normas establecidas en la legislaci\u00f3n vigente, Ley de Tr\u00e1fico y C\u00f3digo General de Circulaci\u00f3n (Real Decreto 1428\/2003, de 21 de noviembre).<\/p>\n\n\n\n<h4><strong>CAPITULO X. DE LA ROPA DEL CLUB<\/strong> <\/h4>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 44. Los dise\u00f1os de la equipaci\u00f3n del Club ser\u00e1n elaborados por la Junta Directiva, teniendo en cuenta las opiniones de los socios del Club. Los dise\u00f1os tendr\u00e1n una duraci\u00f3n m\u00ednima de 2 a\u00f1os, pudiendo realizar cambios puntuales por razones de seguridad o patrocinio. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 45. La Junta Directiva ser\u00e1 la encargada de decidir la empresa de realizaci\u00f3n de la equipaci\u00f3n bas\u00e1ndose en las ofertas que manejen y siempre eligiendo aquella que consideren m\u00e1s beneficiosa para el Club.<\/p>\n\n\n\n<h4><strong>CAPITULO XI. REGIMEN ECONOMICO<\/strong> <\/h4>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 46.\nLa masa salarial del Club estar\u00e1 compuesta por las cuotas de los Socios, por las\nsubvenciones de los distintos organismos p\u00fablicos y por aquellas aportaciones\nque se reciban a nivel de patrocinio. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 47.\nLa cuota de socio del Club queda establecida en 20 euros. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 48. El dinero del Club quedar\u00e1 custodiado en cuenta bancaria establecida a nombre del Club y siendo los administradores de la misma el Presidente y el Tesorero.<\/p>\n\n\n\n<h4><strong>CAPITULO XII. COMUNICACION DEL CLUB<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 49. Los medios de difusi\u00f3n del Club ser\u00e1n la p\u00e1gina web, Facebook y el grupo de WhatsApp. Se gestionar\u00e1n por el Presidente y por alg\u00fan socio elegido entre los que se presenten voluntariamente. <\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 50. En el grupo de WhatsApp se crear\u00e1 la figura de un moderador, que ser\u00e1 el encargado de gestionar dicho grupo y velar por el buen funcionamiento del mismo.<\/p>\n\n\n\n<h4><strong>DESCARGA<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p>Puede descargar una copia del Reglamento de R\u00e9gimen Interno en formato PDF haciendo click <a href=\"http:\/\/tarajalbike.com\/archivos\/reglamento.pdf\">aqu\u00ed<\/a>.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div class=\"slide-text-bg2\"><span>REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO CLUB DEPORTIVO TARAJAL BIKE CAPITULO I. DEL CLUB EN GENERAL Art\u00edculo 1. 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